martes, 19 de enero de 2016

Pseudo clínica maría Auxiliadora dice que es una "clínica" semiabierta pero protege delitos

Falsa Clínica María Auxiliadora interna a persona que cometió delito de pornografía



Falsa clínica María Auxiliadora dice que es clínica semiabierta y que la responsabilidad de los pacientes es de los médicos que los internan, no asumiendo su responsabilidad, Que vergüenza!



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Juez deja libre a sujeto que difundía pornografía infantil por Internet

Fuente:  El Comercio
Agentes policiales que combaten la pedofilia y la pornografía infantil se encuentran consternados debido a la actitud de un juez penal conocido en los predios judiciales como muy duro, pero que mostró una extrema mano blanda con un acusado que admitió pertenecer a una red delictiva que se dedica a intercambiar imágenes de niños sometidos a vejámenes sexuales.
Se trata del juez Jesús Pacheco Diez, magistrado que, según fuentes consultadas por este Diario, impone severas condenas a inculpados de menor cuantía, pero que en este caso se limitó a dictar mandato de comparecencia contra Carlos Henry Montaño Whiting.
Montaño Whiting admitió inicialmente, el 27-06-06, su responsabilidad ante la policía especializada en investigaciones de delitos cometidos a través de equipos de alta tecnología (Internet, entre otros) y, posteriormente, ante el propio juez Pacheco Díaz (28-06-06).
Conocido en el mundo de la pedofilia y la pornografía infantil como 'Cambista 1000', 'Cambista profesional' o 'El verdadero', Montaño Whiting se dedicaba desde hace tres años, según ha confesado, a distribuir a través de Internet imágenes repulsivas y denigrantes de menores de edad sometidos a vejámenes y violaciones sexuales por adultos.
'Cambista 1000' recibía a través de su computadora imágenes y fotografías que después reproducía y difundía en discos compactos y videos. Pero, hasta el momento, no se ha podido determinar si ese material era comercializado o solo para él. En todo caso, él asegura que lo hacía sin ningún afán de lucro, solo como hobby.
Montaño Whiting fue descubierto a raíz de una denuncia, vía Internet, formulada en mayo pasado por un cibernauta ante la División de Investigación de Delitos de Alta Tecnología (Sección Pornografía Infantil). Días después, la policía hizo las pesquisas de rigor y capturó a Montaño Whiting el 27 de junio, en las inmediaciones de las avenidas San Luis y Canadá.
El penalista Luis Lamas Puccio indicó que el juez debió ordenar su detención porque, aun cuando a Montaño Whiting no se le ha probado que haya filmado o fotografiado personalmente a menores de edad, su actitud alienta la comisión de delitos de violación contra inocentes criaturas.
El jurista citó, además, el artículo 183-A del Código Penal que establece carcelería de 6 a 8 años para sujetos que promueven, distribuyen, exhiben y ofrecen pornografía infantil en la que aparecen niños de 14 años o menos. No importa si no hay afán de lucro, aseguró el especialista.
Ese hecho, en sí mismo, constituiría un agravante que podría ser considerado como una instigación al delito y que hubiese podido inducir al juez Jesús Pacheco Diez a pedir la detención de Montaño Whiting, en tanto se ventilaba el proceso judicial. Sin embargo, el letrado le dio comparecencia.
Hoy, según ha trascendido, Montaño Whiting estaría tratando de eludir una posible acción judicial más severa en su contra. Para ello ha presentado una constancia emitida por el Centro de Asistencia Psiquiátrica María Auxiliadora en la que, bajo la firma del director Juan Tobalina Merino, se indica que Montaño Whiting se halla internado en ese lugar desde el 11 de julio para recibir tratamiento por orden de su médico tratante, la doctora Alicia Chu.
El Comercio acudió a dicho nosocomio para verificar su internamiento. El doctor Tobalina, que admitió haber firmado dicho documento, aseguró no conocer a Montaño Whiting. Asimismo, señaló que él no conoce a todos los pacientes de su clínica debido a que esta es abierta.
Dicho nosocomio recibe a pacientes llevados por médicos externos. La doctora Chu, por su parte, rehusó todo diálogo y adujo que el asunto es privado.

Aseguran que no hay peligro procesal

El juez Jesús Pacheco Diez ordenó la comparecencia (y no la detención) de Carlos Montaño Whiting porque, según argumentó, el procesado tenía domicilio y trabajo conocido, no contaba con antecedentes penales ni requisitorias y no existía peligro de perturbar la acción judicial.
No obstante, los abogados consultados por este Diario indicaron que, en este caso, se debió aplicar el artículo 135 del Código Procesal Penal, que establece como causa de detención, entre otras, la existencia de elementos suficientes que prueban que el procesado es autor del delito.
Asimismo, el autor es pasible de una pena mayor a los cuatro años de prisión debido a que las fotografías y videos son, en muchos casos, de menores de 14 años.
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"clínica" María auxiliadora dice que es abierta y que por tanto cualquiera puede estar internado ahí, que verguenza!!














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